martes, 9 de junio de 2009

TIPOS DE DISCRIMINACION


Discriminación

Discriminación es el acto de hacer una distinción o segregación que atenta contra la igualdad de oportunidades. Normalmente se utiliza para referirse a la violación de la igualdad de los derechos para los individuos por cuestión social, racial, religiosa, orientación sexual o por razón de sexo.



Discriminación positiva y negativa ¿?

La discriminación se denomina positiva cuando:

  • Observa las diferencias entre grupos de individuos * Favorece a un grupo de individuos de acuerdo a sus características y/o circunstancias sin perjudicar de ninguna manera a otro (s).

La discriminación se denomina negativa cuando:

  • Realiza un prejuicio con base en oposición a las basadas en las observaciones científicas.
  • Realiza una acción perjudicial hacia un grupo en específico, basándose en dichos prejuicios.


Discriminación por género

La discriminación de género o sexismo es un fenómeno social, puesto que son necesarias representaciones de ambos sexos para que pueda darse esta situación: no existe una igualdad de género a partir de la cual denunciar la discriminación o desigualdad. Al contrario: la base de este fenómeno es la supuesta supremacía de uno de los géneros.

Mientras que el término "sexo" hace referencia a las diferencias biológicas entre hombres y mujeres, "género" describe los roles, las funciones, los derechos y las responsabilidades establecidas por la sociedad y que las comunidades y sociedades consideran apropiados tanto para los hombres como para las mujeres. Esta serie de supuestos, construidos a partir de las diferencias biológicas entre hombres y mujeres, crean las identidades de género y contribuyen, a su vez, a la discriminación de género.

Al tratarse de una elaboración social, el género es un concepto muy difuso. No sólo cambia con el tiempo, sino también de una cultura a otra y entre los diversos grupos dentro de una misma cultura. En consecuencia, las diferencias son una construccion socialy no una característica esencial de individuos o grupos y, por lo tanto, las desigualdades y los desequilibrios de poder no son un resultado "natural" de las diferencias biológicas.

La discriminación de género adopta diversas formas de división de poder, algunos de cuyos aspectos incluyen:

Derechos humanos: Aunque las leyes internacionales garantizan derechos iguales a los hombres y a las mujeres, ésta no es la realidad porque, por motivos de género, se les está negando el derecho a la tierra y a la propiedad, a los recursos financieros, al empleo y a la educación, entre otros, a los individuos.

Trabajo: En todo el mundo, tanto las mujeres como los hombres trabajan. Sin embargo, las funciones que desempeñan las mujeres son socialmente invisibles (se toman menos en cuenta, se habla mucho menos de ellas, se dan por hecho), ya que tienden a ser de una naturaleza más informal. Adicionalmente, los hombres ocupan la mayoría de las posiciones de poder y de toma de decisiones en la esfera pública, dando lugar a que las decisiones y políticas tiendan a reflejar las necesidades y preferencias de los hombres, no de las mujeres.

Ventajas: Los recursos mundiales están distribuidos de forma muy irregular, no sólo entre los distintos países, sino también entre los hombres y las mujeres de un mismo país. Aunque se calcula que realizan dos terceras partes del trabajo en el mundo, las mujeres sólo obtienen una tercera parte de los ingresos, y poseen menos del 1 por ciento de la propiedad mundial.

En 1989 la española carmen caideira presentó ante el Pleno del senado la proposición de ley para la reforma del código civil en aplicación del principio de no discriminación por razón de sexo.

Discriminación por sexo

Este tipo de discriminación, llamada sexismo por lo general, se diferencia de la discriminación por género en el sentido de que, además de que incluye a dicha discriminación (esto es, una constitución del orden social según los intereses de los hombres como género frente a las mujeres, a través de la legitimación de sus normas, la relación con la sociedad y políticas sustantivas), también habla de la orientación sexual y de las identidades de género.

Este tipo de discriminación suele presentarse con mucho más frecuencia por parte de los hombres hacia las mujeres que en sentido contrario. Se caracteriza por el hecho de que:

  • las mujeres tienen menos oportunidades en trabajos que anteriormente sólo eran para hombres, y además,
  • las mujeres tienen salarios más bajos.

Otra forma de discriminación es afirmar que las mujeres solo sufren este problema y que estas por naturaleza son incapaces de caer en caminos violentos, discriminatorios o sexistas.


Discriminación por cuestión de cargo

Se trata de la actitud autoritaria del estado expresada en su legislación y llevada a cabo por sus entes y funcionarios. Bien por amparo y seguridad jurídica u otros motivos, la palabra oral u escrita de un funcionario público de los cuerpos y fuerzas de la seguridad del estado disfruta de presunción de veracidad, pudiendo aportar así mayor peso a un funcionario corrupto que a un ciudadano honesto.